Descripción del servicio
El Acceso a la Información Municipal (OAIM), es el derecho que tiene todo ciudadano a buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan las normas vigentes, como son la Constitución de la República, las Leyes, Decretos y Resoluciones.
A quién va dirigido
Responsable del Acceso a la Información (RAI): Licdo.Yovany Adames
Teléfono OAIM: 809-574-5628 (Ext. )
– Correo RAI: info@alcaldiajanico.gob.do
Requerimientos o requisitos
- Especificar requerimientos o requisitos.
- La solicitud de acceso a la información debe ser planteada en forma escrita y deberá contener por lo menos los siguientes requisitos para su tramitación:
- Nombre completo y calidades de la persona que realiza la gestión;
- Identificación clara y precisa de los datos e información que requiere;
- Identificación de la autoridad pública que posee la información;
- Motivación de las razones por las cuales se requieren los datod e informaciones solicitadas;
- Lugar o medio para recibir notificaciones.
Procedimientos a seguir
- Especificar procedimiento a seguir.
- Todo ciudadano tiene el derecho de visitar la Oficina de Acceso a la Información Municipal y solicitar personalmente la información pública que necesite;
- Todo ciudadano tiene la libertad de buscar información publicada a través de la web, con internet, en el Portal Institucional (www.alcaldiamoca.gob.do), ingresando a TRANSPARENCIA;
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
El acceso público a la información es gratuito. La Ley No.200-04, norma la forma de solicitar la información:
- La solicitud de acceso a la información debe ser planteada en forma escrita;
- La información solicitada podrá ser entregada en forma personal, por teléfono, facsímile, certificado, correo electrónico o en formatos disponibles en una página web;
- Toda solicitud deberá ser satisfecha en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, que podrá prorrogarse en forma excepcional por otros diez (10) días hábiles cuando medien circunstancias que dificulten reunir la información solicitada;
El principio general que habrá de respetarse siempre es que la información debe ser ofrecida en el tiempo fijado y que toda denegación de información debe ser escrita e indicar las razones legales que la justifican, y explicarse al ciudadano toda circunstancia que justificare reserva o confidencialidad.
Horario de prestación
Horario corrido: Desde las 8:00 a.m., hasta las 2:00 p.m.
Costo
El acceso público a la información es gratuito en tanto no se requiera la reproducción del mismo.
Tiempo de realización
15 días hábliles a partir de la fecha de solicitud o modificación de la solicitud (si amerita).
Canal de Prestación
Especificar el canal de prestación del servicio (presencial, web, etc.)
Información adicional
Especificar información adicional.
Si la solicitud no contiene todos los datos requeridos, la Administración le comunicará al solicitante, y éste deberá correjir y completar los datos de la solicitud. A partir de la corrección o nueva fecha de solicitud iniciará el plazo de los 15 días hábiles.